El pasado 10 de mayo la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid realizó una prueba «diagnóstica» al alumnado de 6º de Primaria de todos los centros educativos públicos y concertados. La prueba ha sido cuestionada por algunos sectores de la comunidad educativa ya que difícilmente, al realizarse en 6º de Primaria, va a servir para poner remedio a los posibles problemas que encuentre entre el alumnado.
La prueba, tal y como está diseñada, ha sido rechazada por la Asociación Madrileña de Orientación y Psicopedagogía, así como los principales sindicatos educativos, la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos «Giner de los Ríos», la Plataforma para la Defensa de la Escuela Pública…
Mucho nos tememos que la prueba tenga la finalidad de calificar y clasificar a los centros, los alumnos y al profesorado, para establecer una especia de «ranking» de centros que es absolutamente inadmisible.
CON RELACIÓN A LA PRUEBA DE EVALUACIÓN LLEVADA CABO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA CM CON EL ALUMNADO DE 6º DE PRIMARIA DESARROLLADA EL PASADO DÍA 10 DE MAYO, LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AMOP (Asociación Madrileña de Orientación y Psicopedagogía) HA APROBADO EL SIGUIENTE COMUNICADO:
- Estar conforme con que, dentro del proceso de la educación obligatoria, las Administraciones Educativas competentes, puedan desarrollar pruebas de carácter diagnóstico.
- Que dichas pruebas no deben tener, en ningún caso, un carácter calificador ni clasificador del alumnado ni de los centros.
- Que tienen que tener como objetivo principal el conocimiento de los desajustes y problemas de aprendizaje del alumnado con el objeto de poner los medios y apoyos oportunos para su recuperación satisfactoria.
- Que tienen que estar enmarcadas dentro del proceso de evaluación continua y formativa del alumnado y tener en cuenta el principio de atención a la diversidad y el punto de partida de aprendizaje en que se encuentren los alumnos.
- Que realizar dichas pruebas al final de una etapa educativa, cuando los alumnos y alumnas marcharán a distintos centros, puede dificultar el seguimiento y apoyo de los mismos.
- Que dichas pruebas deberían incorporarse en el sistema mucho antes (tercero o cuarto de Primaria) cuando existen posibilidades reales de poner los remedios oportunos.
- Que, en consecuencia, en aquellos centros que por su contexto social, se perciban especiales carencias, se doten de los medios y recursos convenientes para que dicha compensación pueda realizarse de una forma efectiva.
- Que en ningún caso sirvan estas pruebas para calificar o desarrollar juicios de valor sobre el profesorado pues, a parte de tener sus propios sistemas de control tales como la inspección educativa, debe tenerse en cuenta el contexto social en el que desarrollan su trabajo.
- Pensamos que el objetivo de la prueba realizada el pasado día 10 de mayo se ha presentado de una forma confusa sin tener en cuenta el para qué de la misma ni las acciones a emprender desde ella, no ha habido una información conveniente a las familias ni al profesorado… todo la cual ha generado un grave desconcierto en la comunidad educativa que con esta prueba también se ha sentido juzgada.
- No contribuye a la buena imagen del rol del Orientador el que sea percibido por las alumnas y alumnos como administrador de pruebas. Al final, Orientadores y Orientadoras pueden acabar siendo vistos por el alumnado y sus familias como agentes controladores y fiscalizadores, en lugar de percibir en ellos y ellas su función propia de apoyo y ayuda.
Madrid, a 12 de abril de 2005